Conozca Sus Derechos
Información y Beneficios para el Trabajador Lesionado
Lo que la ley de California ofrece a los trabajadores lesionados — los beneficios disponibles para usted y qué hacer después de una lesión laboral.
Compensación Laboral Básica
¿Qué es la compensación laboral?
Si usted se lastima en el trabajo, la ley le exige a su empleador que pague por los beneficios de compensación de trabajadores. Usted podría lastimarse por:
- Un evento en el trabajo, como lastimarse la espalda en una caída, quemarse con un químico que le salpica la piel, o lastimarse en un accidente de automóvil mientras hace entregas, o
- Exposiciones repetidas en el trabajo, como lastimarse la mano, la espalda u otra parte del cuerpo por hacer el mismo movimiento una y otra vez, o perder la audición por el ruido constante.
La compensación laboral cubre algunas, pero no todas, las lesiones relacionadas con el estrés (psicológicas) causadas por su trabajo. Además, la compensación de trabajadores puede no cubrir una lesión que se reporta al empleador después de que al trabajador se le informa que será despedido.
¿Cuáles son los beneficios?
- Tratamiento médico: pagado por su empleador, para ayudarlo a recuperarse de una lesión o enfermedad causada por el trabajo. Esto incluye visitas al médico y otros servicios de tratamiento, exámenes, medicinas, equipo duradero y costos de viaje razonablemente necesarios para tratar su lesión.
- Beneficios de incapacidad temporal: pagos si pierde salario porque su lesión le impide hacer su trabajo habitual mientras se recupera.
- Beneficios de incapacidad permanente: pagos si no se recupera completamente y su lesión causa una pérdida permanente de función física o mental que un médico pueda medir.
- Entrenamiento vocacional: un cupón para ayudar a pagar por reentrenamiento o mejoramiento de habilidades si usted es elegible para recibir beneficios de incapacidad permanente, su empleador no le ofrece trabajo y usted no regresa a trabajar para su empleador. También puede ser elegible para un pago adicional, por única vez, bajo el Programa de Suplemento de Regreso al Trabajo.
- Beneficios por muerte: pagos para su cónyuge, hijos u otros dependientes si usted muere a causa de una lesión o enfermedad laboral.
¿Qué debo hacer si me lastimo en el trabajo?
Usted debe reportar su lesión a su empleador de inmediato. Asegúrese de que su supervisor u otra persona de la gerencia lo sepa lo antes posible. Reportar de inmediato ayuda a evitar problemas y demoras en recibir beneficios, incluyendo atención médica. Si su empleador no se entera de su lesión dentro de 30 días, usted podría perder su derecho a recibir beneficios de compensación de trabajadores.
¿Qué debo hacer después de reportar mi lesión a mi empleador?
Después de reportar su lesión, usted debe:
- Llenar un formulario de reclamo y entregarlo a su empleador. Su empleador debe darle un Formulario de Reclamo de Compensación de Trabajadores (DWC 1) dentro de un día hábil después de que usted reporte su lesión o enfermedad. Usted usa este formulario para solicitar los beneficios. Llene y firme la parte del "empleado" del formulario y entrégueselo a su empleador. Haga esto de inmediato para evitar posibles problemas con su reclamo.
- Obtener atención médica. Usted debe ser atendido por un médico que entienda su tipo particular de lesión o enfermedad. La función de este médico es recetar la atención para su lesión o enfermedad laboral y manejar su cuidado general, ayudar a determinar cuándo puede regresar al trabajo, ayudar a identificar los tipos de trabajo que puede hacer con seguridad mientras se recupera, referirlo a especialistas si es necesario, y escribir informes médicos que ayudarán a determinar los beneficios que usted reciba.
¿Puede mi empleador despedirme por mi lesión?
Es ilegal que su empleador lo castigue o lo despida por haber sufrido una lesión laboral, o por presentar un reclamo de compensación de trabajadores cuando usted cree que su lesión fue causada por su trabajo. También es ilegal que su empleador castigue o despida a compañeros de trabajo que testifiquen en su caso.
Además, la Ley Federal de Licencia Familiar y Médica (FMLA) y la Ley de Derechos Familiares de California (CFRA) establecen que un empleador con 50 o más empleados generalmente debe permitirle tomar licencia sin goce de sueldo por hasta 12 semanas, sin perder su trabajo, si usted necesita tiempo libre por una condición médica seria.
¿Sabía usted?
- Su empleador debe pagar la atención médica si usted se lastima en el trabajo — ya sea que pierda o no pierda tiempo de trabajo.
- Usted puede ser elegible para recibir beneficios aunque sea un trabajador temporal o de medio tiempo.
- Usted puede estar cubierto por la compensación de trabajadores como empleado aunque lo llamen "contratista independiente".
- Usted no tiene que ser residente legal de los Estados Unidos para recibir la mayoría de los beneficios de compensación de trabajadores.
- Usted recibe beneficios sin importar quién tuvo la culpa de su lesión laboral.
Tratamiento Médico
¿Quién paga su atención médica?
Su empleador paga la atención médica por su lesión o enfermedad relacionada con el trabajo, ya sea a través de una póliza de seguro de compensación de trabajadores o al ser autoasegurado. El administrador de reclamos paga las facturas médicas. Usted nunca debería recibir una factura médica, siempre y cuando haya presentado un formulario de reclamo y su médico sepa que la lesión está relacionada con el trabajo.
¿Qué tipo de atención médica está disponible para los trabajadores lesionados?
La ley de compensación de trabajadores de California requiere que los administradores de reclamos autoricen y paguen la atención médica que sea "razonablemente necesaria para curar o aliviar" los efectos de la lesión. Esto significa atención que sigue pautas de tratamiento médico con base científica.
Pautas de tratamiento médico usadas en California
Las pautas de tratamiento médico que se usan actualmente en California están en el programa de utilización de tratamiento médico (MTUS) publicado por la División de Compensación de Trabajadores (DWC).
Las pautas de tratamiento médico están diseñadas para ayudar a los médicos a dar el tratamiento apropiado. Esto incluye aconsejar y guiar al trabajador lesionado sobre cómo mantenerse activo mientras se recupera, e informar al empleador sobre los cambios necesarios en el trabajo para promover la recuperación.
Si su médico recomienda un tratamiento que no está en las pautas
Algunos trabajadores lesionados tienen condiciones médicas que requieren tratamiento que no está en el MTUS. Si su médico recomienda un tratamiento que no está en esas pautas, el administrador de reclamos está obligado a pagar el tratamiento si sigue otras pautas con base científica que sean generalmente reconocidas por la comunidad médica nacional.
Límites en visitas de quiropráctica, terapia física y terapia ocupacional
Usted está limitado a 24 visitas de quiropráctica, 24 visitas de terapia física y 24 visitas de terapia ocupacional por su lesión (excepto las visitas bajo las pautas de tratamiento posquirúrgico), a menos que el administrador de reclamos autorice visitas adicionales por escrito.
¿Cuándo comienza mi atención médica?
Si es una emergencia, su empleador debe asegurarse de que usted tenga acceso a tratamiento de emergencia de inmediato. Para atención que no es de emergencia, el administrador de reclamos debe autorizar el tratamiento dentro de un día hábil después de que usted presente un formulario de reclamo. Mientras investiga su reclamo, debe autorizar el tratamiento necesario hasta $10,000.
¿Quién puede tratarme justo después de lesionarme, para atención que no es de emergencia?
Depende de si su empleador o la aseguradora ha creado una red de proveedores médicos (MPN) o tiene un contrato con una organización de atención médica (HCO) para tratar a trabajadores lesionados, y de si usted predesignó previamente a su médico personal o a un grupo médico.
Si usted predesignó previamente a su médico personal o a un grupo médico. Los trabajadores con cobertura de salud para condiciones no relacionadas con el trabajo pueden predesignar a su médico personal o a un grupo médico antes de la lesión. Si usted predesignó, puede ver a su médico personal o al grupo médico justo después de lesionarse.
Si hay una red de proveedores médicos (MPN). Una MPN es un grupo de médicos y otros proveedores de salud que tratan a trabajadores lesionados. Un empleador o aseguradora que tiene una MPN debe darle información por escrito sobre la MPN. Si su empleador o la aseguradora tiene una MPN, en la mayoría de los casos usted será tratado primero dentro de la MPN después de lesionarse, a menos que haya predesignado.
Si hay una organización de atención médica (HCO). Una HCO es una organización certificada por la DWC que contrata con un empleador o aseguradora para proporcionar atención médica administrada a trabajadores lesionados. Si su empleador o la aseguradora tiene un contrato con una HCO, en la mayoría de los casos usted será tratado primero dentro de la HCO después de lesionarse, a menos que haya predesignado.
Si no hay MPN ni HCO. Si su empleador o la aseguradora no tiene una MPN y no tiene un contrato con una HCO, en la mayoría de los casos el administrador de reclamos puede escoger al médico que lo trate primero después de lesionarse, a menos que usted haya predesignado.
¿Sabía usted?
- Su empleador está obligado a publicar información sobre sus derechos de compensación de trabajadores, incluyendo el derecho a predesignar a su médico personal en caso de una lesión laboral.
- Si su empleador o la aseguradora creó una red de proveedores médicos (MPN), está obligado a darle información por escrito sobre los derechos, procedimientos y servicios mientras es tratado dentro de la red.
- Usted tiene derecho a solicitar y recibir copias de todos los informes médicos que afecten sus beneficios.
Beneficios de Incapacidad Temporal
¿Qué son los beneficios de incapacidad temporal?
Si su lesión le impide hacer su trabajo habitual mientras se recupera, usted puede ser elegible para beneficios de incapacidad temporal (TD). Los beneficios TD son pagos que usted recibe si pierde salario porque su médico tratante dice que no puede hacer su trabajo habitual por más de tres días, o si es hospitalizado durante la noche; y su empleador no le ofrece otro trabajo que le pague su salario habitual mientras se recupera.
¿De cuánto son los pagos de incapacidad temporal total?
Los pagos de incapacidad temporal total (TTD) generalmente son dos tercios del salario que usted ganaba antes de lesionarse. Por ejemplo: si el salario bruto que usted estaría ganando si no se hubiera lesionado es de $300 por semana, sus pagos TTD son de $200 por semana.
Usted no puede recibir más de un monto semanal máximo establecido por la ley. Por lo tanto, si ganaba más de cierta cantidad antes de lesionarse, podría recibir menos de dos tercios de ese salario.
¿Qué pasa si puedo hacer algo de trabajo mientras me recupero?
Usted puede recibir beneficios de incapacidad temporal parcial si su médico dice que puede regresar al trabajo de forma limitada. Por ejemplo, su médico puede recomendar un horario de solo cuatro horas al día o tres días a la semana. En ese caso, usted generalmente recibirá dos tercios de sus ingresos perdidos — la diferencia entre lo que ganaba antes de la lesión y lo que gana ahora.
Si su lesión está cubierta por la compensación de trabajadores, su primer pago TD vence dentro de 14 días después de que su empleador se entere de que usted tiene una lesión o enfermedad laboral, y su médico tratante diga que su lesión le impide hacer su trabajo. Usted debe recibir este pago del administrador de reclamos.
¿Con qué frecuencia se reciben los beneficios de incapacidad temporal?
Después del primer pago, los beneficios TD deben pagarse cada dos semanas por el administrador de reclamos, mientras usted sea elegible.
¿Cuánto duran los pagos de incapacidad temporal?
Los pagos TD terminan cuando su médico tratante dice que puede regresar a su trabajo habitual; o usted regresa a su trabajo habitual o a un trabajo modificado o alterno con su salario regular; o usted ha llegado a un punto en que su condición no está mejorando ni empeorando; o usted se lesionó en o después del 1 de enero de 2008 y recibió hasta 104 semanas de beneficios TD dentro de cinco años desde la fecha de la lesión.
¿Tengo que pagar impuestos sobre los beneficios de incapacidad temporal?
Usted no paga impuestos federales, estatales ni locales sobre los beneficios TD. Tampoco paga impuestos de Seguro Social, cuotas sindicales ni contribuciones a fondos de jubilación sobre estos beneficios.
Beneficios de Incapacidad Permanente
¿Qué son los beneficios de incapacidad permanente?
Si su médico tratante dice que usted nunca se recuperará completamente o que siempre estará limitado en el trabajo que puede hacer, usted puede tener una incapacidad permanente. Esto significa que puede ser elegible para beneficios de incapacidad permanente (PD).
¿Qué es un informe Permanente y Estacionario (P&S)?
Cuando usted llega a un punto en que su condición médica no está mejorando ni empeorando, su condición se llama "permanente y estacionaria" (P&S). Esto se refiere al momento en que usted ha alcanzado la máxima mejoría médica (MMI). Cuando esto sucede, su médico tratante principal escribe un informe P&S.
El informe P&S debe describir los problemas médicos específicos, los límites en el trabajo que usted puede hacer, la atención médica que pueda necesitar en el futuro por su lesión, si usted puede regresar a su antiguo trabajo, y una estimación de cuánto de su incapacidad es causada por su trabajo comparado con cuánto es causada por otros factores.
¿Cómo se vuelve elegible para una indemnización por incapacidad permanente?
Para ser elegible para beneficios de incapacidad permanente en California, su médico debe escribir un informe P&S. Si usted se ha recuperado completamente y puede regresar al trabajo sin ninguna limitación, no será elegible para beneficios PD. Sin embargo, puede tener derecho a compensación si su lesión o enfermedad le ha dejado limitaciones físicas o mentales permanentes en el trabajo que puede hacer. En la compensación de trabajadores, esto se llama "incapacidad permanente".
¿Qué es una calificación?
Una "calificación" es un porcentaje que estima cuánto limita su incapacidad los tipos de trabajo que usted puede hacer. Determina el monto de sus beneficios PD. Una calificación del 100 por ciento significa que usted tiene una incapacidad total permanente. Las calificaciones del 100 por ciento son muy raras. Una calificación entre el 1 y el 99 por ciento significa que usted tiene una incapacidad parcial permanente. La mayoría de los trabajadores lesionados no tienen una incapacidad permanente, y quienes la tienen generalmente reciben calificaciones entre el 5 y el 30 por ciento.
Cuando un médico escribe un informe P&S, debe calificar su "deterioro", es decir, cuánto ha perdido usted el uso normal de las partes lesionadas de su cuerpo. Los métodos del médico para calificar su deterioro deben seguir las pautas publicadas por la Asociación Médica Americana (AMA).
¿Cómo se determinan los pagos de incapacidad permanente?
Los montos de los beneficios PD están establecidos por la ley y se basan en varios factores, como la calificación de su incapacidad, la fecha de su lesión, su edad y su salario antes de lesionarse.
¿Cuándo recibo los pagos de incapacidad permanente (PD)?
Usted es elegible para recibir el monto total de sus beneficios PD distribuido en un número fijo de semanas si tiene una incapacidad parcial permanente, o durante el resto de su vida si tiene una incapacidad total permanente.
El primer pago PD vence dentro de 14 días después del último pago TD, o dentro de 14 días después de que el administrador de reclamos se entere de que usted tiene una incapacidad permanente causada por su lesión. Después del primer pago, los beneficios PD deben pagarse cada 14 días.
Si su empleador le ofrece un trabajo que pague al menos el 85 por ciento del salario y los beneficios que usted recibía al momento de la lesión, o si usted está trabajando en un empleo que paga al menos el 100 por ciento del salario y los beneficios que recibía al momento de la lesión, no recibirá pagos PD hasta que un juez de compensación de trabajadores apruebe un acuerdo de su caso o decida sobre los beneficios PD que usted recibirá.
Los pagos PD terminan cuando usted alcanza el monto máximo permitido por la ley o cuando resuelve su caso y recibe una suma global.
Entrenamiento Vocacional
¿Qué es el beneficio de entrenamiento vocacional?
El beneficio suplementario por desplazamiento de trabajo es un cupón que ayuda a pagar el reentrenamiento educativo o el mejoramiento de habilidades, o ambos, en escuelas elegibles. Usted puede usar el cupón para pagar matrícula, cuotas, libros, herramientas u otros gastos requeridos por la escuela para el reentrenamiento o mejoramiento de habilidades, y para cuotas de licencias o certificaciones profesionales, cuotas de exámenes relacionados y cursos de preparación para exámenes.
- Hasta $600 del dinero del cupón puede usarse para pagar los servicios de una agencia de colocación con licencia, un consejero vocacional o de regreso al trabajo (una persona que ayuda a los trabajadores lesionados a desarrollar sus metas y planes para regresar al trabajo), y la preparación de un currículum.
- Hasta $1,000 puede usarse para comprar equipo de computación.
- Hasta $500 del dinero del cupón puede usarse, a solicitud, para gastos misceláneos sin recibos ni otra documentación.
¿Cuál es el monto en dólares de este beneficio?
El cupón es canjeable hasta por $6,000, sin importar su calificación de incapacidad permanente. Usted no puede canjear el cupón como parte de un acuerdo de su caso.
¿Cómo puedo obtener este beneficio?
El administrador de reclamos debe ofrecerle un beneficio de entrenamiento vocacional si se cumple lo siguiente:
- Su lesión causa una incapacidad parcial permanente.
- Su empleador no le ofrece trabajo regular, modificado o alternativo dentro de 60 días después de que el administrador de reclamos reciba el "Informe de Regreso al Trabajo y Cupón del Médico".
El administrador de reclamos envía el cupón en un formulario llamado "Supplemental Job Displacement Nontransferable Voucher Form" (DWC-AD 10133.32).
¿Cuándo recibo el cupón?
El administrador de reclamos debe ofrecerle el cupón dentro de 20 días después del final del periodo en que su empleador puede ofrecerle trabajo regular, modificado o alternativo.
¿A qué escuelas puedo asistir?
El cupón ayuda a pagar para que usted asista a una escuela pública de California o reciba capacitación con un proveedor de la Lista de Proveedores de Capacitación Elegibles del estado (ETPL).
¿Qué consejeros vocacionales o de regreso al trabajo puedo usar?
La División de Compensación de Trabajadores (DWC) mantiene una lista de consejeros vocacionales y de regreso al trabajo calificados. Para ver la lista, puede visitar el sitio web de la DWC: www.dwc.ca.gov.
¿Cómo uso el cupón para pagar gastos?
Si usted presenta el cupón a la escuela y al consejero que seleccione, ellos pueden comunicarse con el administrador de reclamos para el pago directo. Si usted paga los gastos directamente y presenta los recibos al administrador de reclamos, este le reembolsará. Debe hacerlo dentro de 45 días después de recibir los recibos junto con su cupón firmado.
¿Hay una fecha límite para usar el cupón?
Sí. El cupón vence dos años después de la fecha en que se le entrega. Todos los gastos deben incurrirse y presentarse con los recibos requeridos y otra documentación antes de la fecha de vencimiento.
¿Qué es el Programa de Suplemento de Regreso al Trabajo (RTWSP)?
El RTWSP fue creado con el propósito de hacer un pago suplementario por única vez a los trabajadores que experimentan una pérdida desproporcionada de ingresos. Usted puede ser elegible para un Suplemento de Regreso al Trabajo si tiene una fecha de lesión en o después del 1 de enero de 2013 y ha recibido un cupón de entrenamiento vocacional (SJDB) por esa lesión. La solicitud del beneficio suplementario debe ser recibida por el RTWSP dentro de un año a partir de la fecha en que se entregó el cupón. Se emite un suplemento de $5,000 por única vez al trabajador lesionado que cumpla con los criterios de elegibilidad.
Reclamos por Lesiones Personales
Descripción general
Las Oficinas Legales de Victor H. Altamirano representan a trabajadores lesionados para obtener la compensación que merecen. Sin embargo, también ayudamos a personas con sus reclamos por lesiones personales. Si usted ha estado involucrado en un accidente automovilístico u otro accidente de lesiones personales, como una caída o una mordedura de perro, por favor llámenos y haremos todo lo posible por ayudarle con su reclamo. Lucharemos para conseguirle la máxima recuperación cuando usted resulte lesionado por la negligencia de otros.
¿Qué es un reclamo por lesiones personales?
Un reclamo por lesiones personales es cualquier tipo de reclamo en el que una persona ha sido lesionada por el descuido de otra persona. Las causas más comunes de lesiones personales son: accidentes automovilísticos, accidentes de motocicleta, accidentes de bicicleta, caídas y mordeduras de perro.
¿Qué debe probar para ganar su caso de lesiones personales?
El solo hecho de que usted haya resultado lesionado no significa que tenga derecho a compensación. Usted debe probar que otra persona fue negligente y que fue su negligencia la que causó su lesión. Si no logra hacerlo, pierde. Si demanda a la persona equivocada, pierde. Si espera demasiado tiempo para demandar, pierde.
¿Cuál es el valor de mi caso de lesiones personales?
El valor de un reclamo por lesiones personales depende de varios factores, incluyendo: la naturaleza de sus lesiones, el monto de sus facturas médicas y salarios perdidos, la necesidad de tratamiento médico futuro y la compensación por lesiones permanentes como desfiguración, deterioro y otras discapacidades.
¿Cuál es la principal diferencia entre un reclamo por lesiones personales y uno de compensación de trabajadores?
La diferencia más grande e importante entre un reclamo por lesiones personales y un reclamo de compensación de trabajadores es que el reclamo por lesiones personales se basa en la culpa, mientras que un caso de compensación de trabajadores no.
Para recuperar daños contra alguien en un reclamo por lesiones personales, la otra persona debe haber sido negligente, es decir, debe haber hecho algo mal. Por ejemplo, si usted tiene un accidente de automóvil, solo puede recuperar daños del otro conductor si este tuvo la culpa. De igual manera, si usted sufre una caída en la propiedad de otra persona, debe probar que esa persona mantuvo la propiedad de forma negligente para poder recuperar daños.
¿Puede recuperar daños por dolor y sufrimiento en un reclamo por lesiones personales?
La mayor diferencia en daños entre una demanda por lesiones personales y un caso de compensación de trabajadores es que usted no tiene derecho a beneficios por dolor y sufrimiento en un caso de compensación de trabajadores. En un caso de lesiones personales, usted tiene derecho a recuperar todos los daños que ha sufrido. Los daños incluyen ingresos perdidos, pérdida de capacidad de ingresos, facturas médicas, gastos médicos futuros, deterioro permanente, dolor y sufrimiento, y pérdida del disfrute de la vida, entre otras cosas.
¿Se lastimó en el trabajo? Hable con nosotros primero.
Evaluación de caso gratis — nos pondremos en contacto con usted dentro de 24 horas.